Control
Sistema de Control de Presencia
El control de presencia se entrega instalado y configurado a la medida de su empresa. Solo es necesario registrar los trabajadores. Incluimos un curso explicativo del funcionamiento del sistema.
¿Qué dice la ley sobre el control de horario de los trabajadores?
- Todas las empresas, sean grandes o pequeñas, están obligadas a controlar el horario de sus trabajadores.
- Será de obligación de la empresa, registrar la jornada de cada trabajador. Este registro de jornada será diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida.
- Los trabajadores, recibirán mensualmente una relación de horas ordinarias y extraordinarias que realizan.
- Durante cuatros años, hay que conservar los datos.
- Las empresas disponen de dos meses, desde la publicación en el BOE (12/03/2019), para poner en marcha la medida.
¿Cómo cumplir la ley del control de presencia?
Es necesario que todos los trabajadores fichen, independientemente de su ubicación, y además ese fichaje no puede ser suplantado.
Ofrecemos diferentes soluciones, dependiendo de las necesidades de la empresa, que permiten.
- Control de entrada y salida de los trabajadores.
- Diferentes formas de Fichaje:
- Por huella biométrica.
- Por teclado numérico.
- Por tarjeta de proximidad.
- Por teléfono móvil, con geolocalización para confirmar la ubicación del trabajador.
- Software sencillo y amigable para el cumplimiento de la ley y el control de los horarios de los trabajadores.
- Control de entrada salida.
- Días festivos, vacaciones, etc.
- Horas extras.
- Turnos.
- Fichajes con redondeo, incidencias automáticas, interrupciones.
- Informes detallados del fichaje de los empleados.